# Subvención al teletrabajo en Extremadura: plazo hasta noviembre

> La Junta de Extremadura paga 2.500 euros por cada acuerdo de teletrabajo o de horario flexible firmado en 2026. Requisitos, documentos y plazo: 15 de noviembre.

La Junta de Extremadura concede **ayudas al teletrabajo** y a la flexibilidad horaria a autónomos y pymes con centro de trabajo en la comunidad: 2.500 euros por cada persona trabajadora con un acuerdo de teletrabajo o de horario flexible firmado entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026. La convocatoria, publicada en el Diario Oficial de Extremadura el 25 de septiembre, reparte 1,8 millones de euros por orden de llegada y admite solicitudes hasta el 15 de noviembre de 2026.

**En resumen**

1. La línea 1 paga 2.500 euros por cada acuerdo de teletrabajo, con un máximo de 10.000 euros por empresa; la línea 2 paga lo mismo por cada acuerdo de flexibilidad horaria, con el mismo tope.
2. El acuerdo de teletrabajo debe cumplir la Ley 10/2021, fijar al menos el 30 % de la jornada semanal a distancia y mantenerse un año como mínimo.
3. Las solicitudes completas se atienden por orden de presentación hasta agotar 1,8 millones de euros, y el plazo termina el 15 de noviembre de 2026.


## Ayudas al teletrabajo de la Junta de Extremadura: qué pagan y cómo pedirlas

En una gestoría de Cáceres con seis personas, la administrativa que lleva las nóminas pide trabajar dos días a la semana desde casa. La dueña lo ve posible, pero quiere hacerlo bien: por escrito, con horario y con el portátil (laptop) de la empresa. Si firman el acuerdo antes del 15 de noviembre de 2026, la Junta de Extremadura le paga 2.500 euros por él.

La ayuda forma parte de una convocatoria para la conciliación de la vida laboral y familiar, publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el 25 de septiembre de 2026, con 1,8 millones de euros. Tiene dos líneas, una para el teletrabajo y otra para la flexibilidad horaria, y se reparte por orden de llegada: no hay que esperar a una resolución conjunta, pero tampoco hay garantía de fondos para quien llegue el último día.

### Qué paga cada línea

| | Línea 1: teletrabajo | Línea 2: flexibilidad horaria |
|---|---|---|
| Qué se subvenciona | Un acuerdo de teletrabajo con una persona de la plantilla, o un contrato nuevo en teletrabajo | Un acuerdo de flexibilidad horaria anexado al contrato |
| Cuantía | 2.500 euros por persona trabajadora | 2.500 euros por persona trabajadora |
| Tope por empresa | 10.000 euros | 10.000 euros |
| Tope si la plantilla femenina es al menos igual a la masculina | 11.000 euros | 11.000 euros |
| Condición clave | Al menos el 30 % de la jornada semanal a distancia | Uno de los modelos de horario flexible previstos |
| Duración mínima | Un año | Un año |

Cada persona trabajadora cuenta para una sola de las dos líneas. Entre las dos, el máximo es de 20.000 euros por empresa, o 22.000 si la plantilla femenina es al menos igual a la masculina: con 2.500 euros por persona, el tope de cada línea se alcanza con cuatro acuerdos, o con cinco en el segundo caso. Los modelos de horario flexible que cita la convocatoria son, entre otros, el horario fijo-variable, el flexible flotante, el flexible libre y el escalonado.

La ayuda es solo para Extremadura. Otras comunidades autónomas han anunciado programas parecidos, pero cada uno tiene sus requisitos y sus fechas: la Base de Datos Nacional de Subvenciones permite buscarlos por palabra clave.

### Quién puede pedirla

- **Autónomos**, dados de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad de su colegio profesional, también si son socios de una cooperativa, una sociedad laboral, una sociedad civil, una comunidad de bienes o una sociedad mercantil.
- **Pequeñas y medianas empresas**, incluidas las sociedades civiles con personalidad jurídica.

En los dos casos, según el Decreto 87/2025, que fija las bases, hay que ejercer la actividad y tener al menos un centro de trabajo en Extremadura, y estar al corriente con Hacienda, con la Junta y con la Seguridad Social. La ayuda es de *minimis*: cuenta para el límite de ayudas públicas que una empresa puede recibir en tres años según el Reglamento (UE) 2023/2831, y la solicitud incluye una declaración de las que ya hayas recibido.

### El acuerdo de teletrabajo que exige

La convocatoria no paga cualquier papel firmado. El acuerdo de la línea 1 tiene que:

1. **Cumplir la Ley 10/2021, de trabajo a distancia**, e incluir de forma separada y numerada el contenido mínimo de su artículo 7.
2. **Fijar un mínimo de horas a distancia** que no baje del 30 % de la jornada semanal. Con una jornada de 40 horas, son al menos 12 horas a la semana: los dos días de la administrativa de Cáceres cumplen de sobra.
3. **Durar al menos un año.**
4. **Firmarse entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026**, por la empresa y la representación legal de la plantilla o, si no la hay, por la propia persona trabajadora.
5. **Ser voluntario.** La convocatoria excluye expresamente los acuerdos impuestos por la empresa, y exige respetar los convenios y las normas sobre descansos y jornada máxima.

El acuerdo no sustituye a las demás obligaciones con la plantilla. La información por escrito al contratar sigue siendo obligatoria, como explicamos en [los elementos esenciales del contrato](/actualidad/informacion-por-escrito-al-contratar/), y el horario flexible no exime del registro de jornada, que repasamos en [lo obligatorio hoy en el control horario](/actualidad/registro-de-jornada-digital/).

### Plazos: los que cuentan

| Fecha | Qué ocurre |
|---|---|
| 26 de septiembre de 2026 | Se abre el plazo de solicitud |
| Un mes después de firmar el acuerdo | Plazo que fija la convocatoria para pedir la ayuda por ese acuerdo |
| 15 de noviembre de 2026 | Último día para firmar acuerdos subvencionables y para presentar la solicitud |
| Hasta agotar 1,8 millones de euros | Las solicitudes se atienden por riguroso orden de presentación |

Un detalle que cambia la estrategia: para el orden de llegada cuenta la fecha en que la solicitud tiene **toda** la documentación, una vez corregido lo que falte. Una solicitud incompleta presentada hoy puede quedar detrás de una completa presentada la semana que viene. La convocatoria no aclara cómo se aplica el plazo de un mes a los acuerdos firmados antes de que se publicara: si es tu caso, pregúntalo antes a la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, que gestiona la ayuda.

### Cómo se pide y qué documentos hacen falta

La solicitud se presenta de forma electrónica desde la ficha del trámite en la web de la Junta (juntaex.es/w/0723425), que da acceso a la sede electrónica. Los autónomos que no estén obligados a relacionarse por medios electrónicos también pueden presentarla en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía. Además del formulario, la convocatoria pide:

| Si eres… | Documentos principales |
|---|---|
| Autónomo | Alta en el RETA o en la mutualidad, con certificación de estar al corriente; alta en el IAE (modelo 036 o 037); último recibo del IAE o declaración de cifra de negocio inferior a un millón de euros; modelo 390 del año anterior |
| Empresa | Escritura y estatutos; CIF; poder de representación, si hace falta; balance y cuenta de resultados del ejercicio anterior; alta en el IAE y último recibo o declaración |
| Los dos | El acuerdo de teletrabajo o de flexibilidad firmado; los contratos de teletrabajo, si los hay; la declaración de ayudas de *minimis* |

La Junta consulta de oficio la vida laboral de la empresa si no te opones en la solicitud. La ayuda se paga de una vez, por el total concedido, en una cuenta dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta.

### Lo que te comprometes a mantener

- **El acuerdo, durante un año.** Si se rompe antes, hay que devolver la ayuda. La convocatoria gradúa la cantidad que se devuelve si se ha cumplido al menos el 50 % del tiempo y comunicaste antes el incumplimiento, o al menos el 70 % si no lo comunicaste.
- **Avisar de cualquier cambio** en las condiciones que se tuvieron en cuenta para conceder la ayuda.
- **Una ayuda por persona y línea**, y no más de dos convocatorias consecutivas por la misma persona en la misma línea.

### Lista para estos días

1. Comprueba que tienes un centro de trabajo en Extremadura y que estás al corriente con Hacienda, la Junta y la Seguridad Social.
2. Decide con quién firmas un acuerdo de teletrabajo o de horario flexible, y por cuál de las dos líneas va cada persona.
3. Redacta el acuerdo con el contenido del artículo 7 de la Ley 10/2021 y al menos el 30 % de la jornada a distancia.
4. Firma antes del 15 de noviembre y presenta la solicitud con toda la documentación, sin esperar al último día.
5. Guarda en el calendario la fecha en que el acuerdo cumple un año.



