# Nube para abogados, gestorías y contadores: confidencialidad ante todo

> Secreto profesional, protección de datos y conservación de documentos: qué mirar al elegir la nube de un despacho en España, México, Colombia o Argentina.

En un despacho de abogados, una gestoría o un estudio contable, la **nube para despachos profesionales** se elige por la confidencialidad antes que por el espacio. En España, el Estatuto General de la Abogacía extiende el secreto profesional a todos los hechos, comunicaciones y documentos del cliente, y la LOPDGDD impone un deber de confidencialidad a quien trata datos personales. En México, Colombia y Argentina, las leyes de protección de datos fijan sus propios deberes de confidencialidad.

**En resumen**

1. En España, el secreto profesional de la abogacía comprende hechos, comunicaciones, datos, documentos y propuestas, y el abogado debe hacerlo respetar a sus colaboradores (Real Decreto 135/2021).
2. En España, la Ley 10/2010 obliga a asesores fiscales y contables externos a conservar durante diez años la documentación de sus obligaciones de prevención del blanqueo.
3. México, Colombia y Argentina imponen por ley un deber de confidencialidad a todas las personas que intervienen en el tratamiento de datos personales, también después de terminar su relación.


## Nube para despachos profesionales: la confidencialidad decide

Un bufete de Zaragoza, una gestoría de Córdoba (Argentina) o un estudio contable de Cali guardan lo mismo: lo que sus clientes no contarían a nadie más. Por eso, al aplicar a un despacho la guía sobre [cómo escoger un servicio de nube](/guias/almacenamiento-en-la-nube/como-elegir/), el orden de los criterios cambia: la confidencialidad pasa delante del espacio y del precio. En España, el [Estatuto General de la Abogacía](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-4568) establece que el secreto profesional comprende todos los hechos, comunicaciones, datos, informaciones, documentos y propuestas que el abogado conoce, emite o recibe en su ejercicio, y que permanece después de terminar el encargo.

Ninguna de las normas citadas en esta página prohíbe guardar expedientes en la nube ni impone un proveedor concreto. Lo que exigen es controlar quién puede acceder a la información, vincular por contrato a quien la trata y conservarla el tiempo que marca la ley. La nube es compatible con todo eso si se elige y se configura con esas obligaciones delante.

### Lo que dicen las normas, país por país

Esta tabla resume obligaciones vigentes a 13 de octubre de 2026 y lo que implican al elegir un servicio. No sustituye la consulta a tu colegio profesional, que puede tener normas deontológicas propias.

| País y profesión | Norma | Qué exige | Qué implica para la nube |
|---|---|---|---|
| España, abogacía | Real Decreto 135/2021, arts. 21 y 22 | Secreto sobre todo lo conocido en el ejercicio; hacerlo respetar a colaboradores, asociados y personal; dura tras el encargo | Cuentas individuales, permisos por expediente y saber en qué casos accede el personal del proveedor |
| España, todos los despachos | [LOPDGDD, art. 5](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673) y RGPD, art. 28 | Confidencialidad de todos los que intervienen, también al terminar la relación; contrato con el encargado del tratamiento | Contrato de encargado firmado con el proveedor y lista de sus subencargados |
| España, asesores fiscales y contables externos | [Ley 10/2010](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-6737), arts. 2.1 m) y 25 | Conservar diez años la documentación de prevención del blanqueo; copias de documentos de identidad en soportes que garanticen integridad y eviten la manipulación | Retención larga, historial de versiones y exportación legible dentro de una década |
| México | [LFPDPPP de 2025](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf), art. 20 | Controles para que quienes intervienen en el tratamiento guarden confidencialidad, también después | Permisos por expediente y bajas inmediatas cuando alguien se va |
| Colombia | Ley 1581 de 2012, art. 4 h); abogados: Ley 1123 de 2007, art. 28, num. 9 | Reserva de la información tratada; el abogado guarda el secreto profesional incluso tras cesar sus servicios | Las mismas medidas de acceso y un contrato claro con el proveedor |
| Argentina | [Ley 25.326](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64790/texact.htm), arts. 10 y 25 | Secreto profesional de quienes tratan los datos; quien presta el servicio por cuenta de terceros no puede usarlos para otro fin ni cederlos | Condiciones que limiten el uso de tus datos por parte del proveedor |

En México, la autoridad de protección de datos en el sector privado es ahora la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, según la ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025. En Colombia, la vigilancia corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio.

### Ocho preguntas para el proveedor antes de firmar

Las respuestas suelen estar en la documentación de cumplimiento del proveedor o en su anexo de protección de datos. Si no las encuentras, pregúntalas por escrito:

1. ¿Firma un contrato de encargado del tratamiento o un acuerdo equivalente según tu país?
2. ¿En qué países guarda los datos y sus copias de seguridad?
3. ¿Qué subcontratistas pueden acceder y cómo avisa de los cambios?
4. ¿En qué casos accede su personal al contenido de los clientes?
5. ¿Permite añadir un cifrado cuyas claves solo tenga el despacho?
6. ¿Registra quién abre, descarga o comparte cada documento, y durante cuánto tiempo guarda ese registro?
7. ¿Cuánto duran la papelera y el historial de versiones, y se pueden ampliar?
8. ¿Cómo se exporta todo, en qué formato y en qué plazo, si decides irte?

Las preguntas 4 y 5 son las que más separan a los servicios. Algunos proveedores, como Proton Drive, cifran de extremo a extremo por defecto; en otros, el cifrado se aplica en los servidores del proveedor, y conviene preguntar quién gestiona las claves. Ninguna de las normas de la tabla exige una u otra opción: es una decisión de riesgo que el despacho debe poder justificar.

### Tres costumbres que valen más que cualquier plan

**Una cuenta por persona.** Una cuenta compartida del tipo «despacho@» impide saber quién abrió cada expediente, y el Estatuto de la Abogacía pide precisamente hacer respetar el secreto a cada colaborador.

**Compartir con nombre y fecha.** Los expedientes se comparten con personas concretas y con caducidad, nunca con un enlace abierto que cualquiera puede reenviar.

**Bajas el mismo día.** Cuando un pasante o una administrativa deja el despacho, su acceso se cierra antes de que salga por la puerta, no a fin de mes.

### Los criterios generales también cuentan

La confidencialidad decide, pero no lo decide todo: un despacho también necesita espacio, buena integración con su programa de gestión y un soporte que responda. Repasa [los criterios generales de elección](/guias/almacenamiento-en-la-nube/como-elegir/criterios/) con estos pesos ya ajustados.

### Un despacho también es un equipo

A partir de cuatro o cinco personas, los problemas de organización se parecen a los de cualquier pyme: espacios compartidos, papeles de cada uno y revisiones de accesos. Para [organizar la nube de un despacho con varias personas](/guias/almacenamiento-en-la-nube/como-elegir/para-equipos-pequenos/), el método es el mismo.

### Expedientes en cuentas privadas

El riesgo más común en despachos pequeños no es el proveedor, sino el expediente que alguien guardó en su Drive personal para trabajar desde casa. Lo que implican los [expedientes en cuentas privadas](/guias/almacenamiento-en-la-nube/como-elegir/cuenta-personal-o-de-empresa/) merece una revisión antes de cualquier migración.



